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PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS POR PERSONAL DE ENFERMERÍA

La Prescripción Enfermera es definida por Bulecheck; McCloskey
(1992) como “cualquier cuidado directo que la enfermera realiza
en beneficio del cliente”.
Ese cuidado directo incluye:
1. Los tratamientos iniciados por la enfermera.
2. Los tratamientos iniciados en función del diagnóstico medico
y,
3. La realización de actividades diarias esenciales para el
cliente.
La prescripción por parte de las enfermeras se puede adecuar
perfectamente, en el desarrollo actual de la profesión
enfermera, como un elemento de práctica avanzada y especialista,
y viene a dar sentido y justificación a las especialidades en
enfermería contempladas en el Real Decreto 450/2005. La
prescripción como nos describe Naegle, citando a Bigbee, no ha
de limitarse o circunscribirse a los fármacos sino también el
mejor régimen terapéutico posible.
Finalmente, no podemos olvidar el marco normativo constituido
básicamente por la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de
Ordenación de las Profesiones Sanitarias; la Ley 16/2003, de 28
de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud; y
el Estatuto Profesional, aprobado por Real Decreto 1231/2001, de
8 de noviembre, que han configurado a la enfermería como una
profesión con autonomía, funciones y responsabilidades propias.
Por todo lo anterior SCELE
emite el siguiente
COMUNICADO
DE SCELE SOBRE LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA
mostrando su apoyo argumentado a la aprobación de dicha medida.
DESDE LA SOCIEDAD CIENTÍFICA
ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA, ESTAMOS CONVENCIDOS QUE
LA PRESCRIPCIÓN FARMACOLÓGICA ENFERMERA PUEDE CONTRIBUIR
POSITIVAMENTE EN LA SANIDAD ESPAÑOLA, DESARROLLANDO Y MEJORANDO
ASPECTOS COMO LA GESTIÓN DE LOS PROBLEMAS DE SALUD, GESTIÓN DE
LAS PRESTACIONES SANITARIAS, GESTIÓN DE LOS CUIDADOS DE
ENFERMERÍA Y GESTIÓN DE LAS LISTAS DE ESPERA, ASÍ COMO LA
OPTIMIZACIÓN DE LOS RECURSOS Y EL DESARROLLO DEL ROL ENFERMERO.
SCELE EXPRESA SU TOTAL APOYO A
CUANTAS INICIATIVAS EN ESTE SENTIDO SE LLEVEN A CABO, YA QUE
CONSIDERAMOS NECESARIO DAR COBERTURA JURÍDICA QUE AUTORICE LA
PRESCRIPCIÓN ENFERMERA,
DE AQUELLOS PRODUCTOS DE FARMACIA QUE FORMAN PARTE DE LAS
PROPIAS DECISIONES CLÍNICAS DE LA ENFERMERA, TOMADAS AL
ESTABLECER UN PLAN DE CUIDADOS, COMO PUEDEN
SER: APOSITOS Y MATERIAL DE CURA PARA HERIDAS,
ABSORBENTES DE INCONTINENCIA, TIRAS REACTIVAS DE GLUCEMIA,
BOLSAS Y COLECTORES, CIERTAS VACUNAS, ETC.
Prescripción enfermera
Consejería de Salud de la Junta de Andalucia
En la página Web de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía se ha
abierto un nuevo espacio dedicado a la
Prescripción Enfermera en la Comunidad Autónoma Andaluza, en la que
progresivamente se irán ofreciendo contenidos relacionados con esta nueva
competencia profesional que incluye al personal de enfermería en la prestación
farmacéutica del sistema sanitaria público.
Trabajos de investigación sobre la prescripción
enfermera:
Nurse prescribing: Reflections on safety in practice
Independent
extended and supplementary nurse prescribing practice in the UK: A national
questionnaire survey
Nurse
supplementary prescribing for patients with diabetes: a national questionnaire
survey
NURSING
ROLES: An evaluation of a Diabetes Specialist Nurse prescriber on the system of
delivering medicines to patients with diabetes
Documentación sobre la "Prescripción
enfermera"
Acceso a una
revisión sistemática publicada en la base de datos Cochrane sobre la
prescripción enfermera:
Revisión
Cochrane: Sustitución de médicos por enfermeras en At. Primaria.
Adjuntamos, por su importancia y esmerada
elaboración, el acceso y enlace a los trabajos que el
Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España ha elaborado sobre
la "Prescripción farmacológica enfermera"
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